Decreto 955, un alivio para los importadores.

Con el fin de poder alivianar y promover la reactivación económica del país, el Gobierno Nacional expidió el Decreto 955 del 4 de junio del 2022 para excluir temporalmente del valor en aduanas los gastos de transporte y conexos para 200 subpartidas arancelarias, las cuales son esenciales para la producción nacional.

Ante la actual crisis que presenta el sector de transporte marítimo de carga por la falta de buques en operación, el cierre intermitente en puertos por el
Covid-19 y la escasez de contenedores, se han incrementado las tarifas de los fletes internacionales, generando sobrecostos a los productores, afectando el precio de los bienes finales al consumidor.

Es así como el Gobierno nacional decidió promover la reactivación económica, la facilitación del comercio y la competitividad nacional, al reducir los efectos negativos en los sobrecostos de las importaciones. La medida consiste en excluir el 100% el valor de los fletes y los gastos conexos desde el lugar donde entregan la mercancía hasta el lugar destino, con el fin de poder reducir en cierta medida los sobre costos de las importaciones que se han generado debido a los problemas logísticos antes mencionados.

Cabe resaltar que, el 16 de marzo del 2022 la Comunidad Andina de Naciones, (CAN) adoptó la Decisión 894 que facultó temporalmente a los Países Miembros a reducir un porcentaje de los gastos de transporte y/o gastos conexos del valor en aduana de las mercancías importadas.

Con la expedición de este decreto se espera que productos de la canasta familiar se han visto afectados al momento de ser producidos por los elevados costos de las materias primas que en muchos casos son compradas en el exterior, bajen de precio permitiendo así controlar la inflación originada por factores externos.

Fuente: Lesgiscomex

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